Desafío de gigantes

REGLAMENTO/PLAN DE OPERACIONES DE LA CAMPAÑA DE VENTAS X-ONE 2024 PROMOCIÓN “DESAFÍO DE GIGANTES” CERTIFICADO DE AUTORIZACIÓN SPA/ME N.º 03.037335/2024

1 - EMPRESAS PROMOTORAS: 1.1 - Empresa Agente: Razón Social: XGA COMERCIO DE TELEFONES E ELETRONICOS LTDA Dirección: ENEDINA DAVILA FERREIRA Número: 1686 Distrito: CORDEIROS Municipio: ITAJAI Estado: SC Código Postal: 88310-691 CNPJ/MF nº: 34.748.094/0001-012 - TIPO DE PROMOCIÓN: Sorteo 3 - ÁREA DE COBERTURA: Todo el territorio nacional. 4 - PERÍODO DE LA PROMOCIÓN: 10/10/2024 al 13/01/20255 - PERÍODO DE PARTICIPACIÓN: 10/10/2024 al 31/12/20246 - CRITERIOS DE PARTICIPACIÓN: Esta campaña promocional Está dirigido a vendedores de la empresa obligada, en el área de cobertura de la campaña, prestadores de servicios con documentación regularizada perteneciente a la empresa obligada. Personas físicas mayores de 18 años, que cumplan con los demás requisitos de este reglamento, además de cumplir con los términos de este reglamento y aceptar las condiciones de membresía. El incumplimiento de este requisito excluye la elegibilidad del participante para el premio, en caso de resultar ganador, sin prueba del vínculo requerido. Para garantizar la participación, los interesados deberán registrarse a través del enlace https://campanha.xo nebrasil.com.br/rj31tZer y registrar sus datos y aceptar los términos del reglamento y la política de privacidad de X-ONE®, para que sean elegibles para la campaña. Todos los datos personales serán tratados de conformidad con la Ley de Datos Personales – LGPD (Ley N° 13.709/2018). El participante sólo podrá inscribirse una vez, teniendo en cuenta que la inscripción siempre será validada por el CPF. Los participantes deberán aceptar el uso de su imagen, nombre y voz, así como el uso de la misma en todos los canales que X-ONE® desee compartir durante la campaña y por un periodo de hasta 01 (un) año a partir de la fecha del conteo, sin que esto traiga ningún tipo de carga a la empresa promotora. Los ganadores aceptan el uso de su nombre, imagen y voz para la difusión del concurso, por un plazo de hasta 01 (un) año a partir de la fecha del sorteo, sin que esto traiga consigo ningún tipo de carga para la empresa promotora. Así, por cada 2 (dos) productos X-ONE® adquiridos, o múltiplos de ellos, el consumidor tiene derecho a recibir un número de la suerte para competir por el premio (por cada 2 productos X-ONE® = 1 número de la suerte - Ejemplo: 4 productos X-ONE® = 2 números de la suerte y así sucesivamente). Se determina que el pack, conteniendo los NOMBRES DE PRODUCTOS descritos anteriormente, tiene un valor de 1 (un) producto, para efectos de participación en este sorteo. Se determina que a excepción del pack, conteniendo el combo (film y carátula) descrito anteriormente, los mismos tienen un valor de 2 (dos) productos, para efectos de participación en este sorteo. Los números de la suerte se repartirán el día 01/10/2025, hasta las 20 horas del territorio nacional. Se recuerda que sólo los participantes que cumplan las normas establecidas en este reglamento recibirán los números de la suerte. Los ganadores autorizan a X-ONE® a utilizar su nombre, imagen y voz, así como el uso de la foto publicada para participar en esta campaña, de forma gratuita, para publicidad en periódicos, revistas, carteles, pancartas, vallas publicitarias, televisión, radio, telemedios, cine, correo directo, medios exteriores, materiales de punto de venta, Internet, redes sociales, por un período de 1 (un) año, contado a partir de la fecha del cálculo. MECÁNICA DE LA CAMPAÑA: Esta campaña consiste en la acumulación de puntos a través de los registros de garantía de los productos X-ONE® durante el período de vigencia (10/10/2024 al 31/12/2024), donde quien tenga mayor puntaje dentro de cada Categoría de Premios se llevará los premios de acuerdo con estas reglas. En el período comprendido entre el 10/10/2024 y el 31/12/2024, los puntos se contabilizarán a través de registros y validaciones de garantías en nuestro sitio web https://garantia.x-onebrasil.com.br. Puntos extra por recomendación: el participante que recomiende a un nuevo revendedor, que nunca haya comprado productos X-ONE, y que realice un pedido y se convierta en cliente activo, sumará 5 puntos a su ranking. Esta puntuación (5 puntos por reventa) es válida para cada referido que cumpla con los requisitos establecidos anteriormente. Cada producto registrado vale puntos según la siguiente tabla:

Productos Agujas
180º CONFIDENCIAL 1
PORTADA COMPLETA 2D 3
4.ª GENERACIÓN 2
5.ª GENERACIÓN 1
5TA GENERACIÓN CON APLICADOR 1
VISERA ARMADURA 2
ARMORVISOR DE PRIVACIDAD 2
PROTECTOR DE ESPALDA 2
ARMADURA DE CÁMARA 2
ARMADURA DE CÁMARA PRO 1
FUNDA IPAD 2.0 1
FUNDA DROPGUARD 2.0 1
FUNDA DROPGUARD 2.0 - MAGSAFE 1
FUNDA DROPGUARD 3.0 2
FUNDA DROPGUARD 3.0 - MAGSAFE 2
FUNDA DROPGUARD 3.0 COLORES 1
FUNDA DROPGUARD 3.0 COLORES - MAGSAFE 1
FUNDA DROPGUARD PRO 1
FUNDA DROPGUARD PRO - MAGSAFE 1
FUNDA DROPGUARD SERIE PRO GLITTER 2
FUNDA DROPGUARD SERIE PRO GLITTER - MAGSAFE 1
FUNDA DROPGUARD PRO MAGNÉTICA HOLOGRÁFICA 3
FUNDA MAGNÉTICA DROPGUARD 3
FUNDA MAGNÉTICA DROPGUARD AIR 1
SIEMPRE CLARO 2
KIT DE PROTECCIÓN 3
Batería externa nano de 10.000 mAh 1
Batería externa nano de 5.000 mAh 1
PELÍCULA DE IPAD 1
PELÍCULA PARA APPLE WATCH 2
CARGA DE ENERGÍA 140W 1
CARGA DE ENERGÍA 30W 2
CARGA DE ENERGÍA 65W 1
SERIE ZAFIRO 2
Cable ultra profesional 2
Cable LED ultra profesional 2
Cable de zoom 1

Se determina que la fecha de venta expresada en la factura será válida para efectos contables del registro y calificación de la garantía dentro de los periodos de campaña. Cada factura o recibo sólo podrá registrarse una vez para participar en la campaña, durante todo su periodo. Para todos los períodos descritos en este reglamento se considerará el horario oficial de Brasilia – DF. Las dudas sobre cómo participar se pueden aclarar a través del WhatsApp o correo electrónico oficial de la campaña. CALIFICACIÓN PARA PREMIOS: Para que los vendedores califiquen para las categorías de premios, deben alcanzar un número mínimo de puntos de acuerdo con la clasificación a continuación.Categoría Oro: 600 puntos o más durante la campañaCategoría Plata: 200 a 599 puntos durante la campañaCategoría Bronce: 1 a 199 puntos durante la campañaEjemplos: Si el vendedor tiene un total de 790 puntos, será elegible para ganar los premios de la Categoría Oro.Si el vendedor tiene un total de 540 puntos, será elegible para ganar los premios de la Categoría Plata.Si el vendedor tiene un total de 167 puntos, será elegible para ganar los premios de la Categoría Bronce.7 - DETERMINACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE PREMIOS: PERIODO DE DETERMINACIÓN DE PREMIOS: 01/03/2025 00:00 a 01/13/2025 20:00PERIODO DE RECUENTO: 10/10/2024 00:00 a 31/12/2024 23:59DIRECCIÓN DE RECUENTO: Rua Gomes de Carvalho NÚMERO: 1356 COMPLEMENTO: Conjunto 21 BARRIO: Vila Olímpia MUNICIPIO: São Paulo ESTADO: SP CÓDIGO POSTAL: 04547-005LUGAR DE RECUENTO: Sede de la empresa.PREMIOS:

Cantidad Descripción Valor R$ Valor total R$ Orden
1 Categoría Oro Primer Lugar Vendedor: 1 iPhone 16 Pro Max 256GB 12499.00 12499.00 1
1 Segundo puesto en la categoría Oro Vendedor: 1 MacBook Air de 13 pulgadas (chip M2) CPU de 8 núcleos, GPU de 8 núcleos, memoria unificada de 8 GB, SSD de 256 GB 10999.00 10999.00 2
1 Categoría Oro Tercer Lugar Vendedor: 1 Apple Watch Ultra 2 GPS Cellular 49 mm 10499.00 10499.00 3
1 Categoría Plata Primer Lugar Vendedor: 1 iPhone 16 Pro 256GB 10499.00 10499.00 4
1 Categoría Plata Segundo Lugar Vendedor: 1 iPad Air 11 pulgadas Wi-Fi 128 GB 6999.00 6999.00 5
1 Categoría Plata Tercer Lugar Vendedor: 1 Apple Watch Serie 10 5499.00 5499.00 6
1 Categoría Bronce Primer Lugar Vendedor: 1 iPhone 16 256GB 7799.00 7799.00 7
1 Categoría Bronce Segundo Lugar Vendedor: 1 AirPods Max 6590.00 6590.00 8
1 Categoría Bronce Tercer Lugar Vendedor: 1 AirPods Pro 2 2599.00 2599.00 9

8 - PREMIO TOTAL:

Monto total de premios Valor total de la promoción R$
9 73.982,00

9 - FORMA DE DETERMINACIÓN: DETERMINACIÓN PARA PREMIOS: El período de auditoría para criterios de adjudicación, desempate y descalificación será del 03/01/2025 al 13/01/2025. La validación de los participantes y de la información contenida en estas bases será realizada por la Auditora Patricia Santos, RESPONSABLE del sector de auditoría y del proceso de premiación de la campaña “RETO DE GIGANTES”. Los criterios de desempate son: Primero: El vendedor que registre más garantías con dos o más productos en una misma factura/cupón. Segundo: El vendedor que tenga más registros en cuanto a número de SKUs. En ningún caso se dará al participante la posibilidad de cambiar y/o sustituir el premio de la presente campaña.10 - CRITERIOS DE DESCALIFICACIÓN:CRITERIOS DE DESCALIFICACIÓN:

No podrán participar en la Campaña los menores de 18 años (dieciocho años de edad) ni las agencias de publicidad y promoción directamente involucradas en esta Campaña. Los participantes que soliciten su desvinculación o sean desvinculados de la empresa obligada durante esta Campaña, por cualquier motivo, quedarán automáticamente descalificados. Cualquier participante será automáticamente excluido de la campaña en caso de fraude comprobado, pudiendo ser considerado responsable por el delito de falsificación ideológica o documental. Para efectos de este inciso, se considera fraude la participación de personas no aptas, registros realizados de forma robótica, automática, repetitiva, programada o similar. Proporcionar información falsa o incorrecta al momento de registrarse puede resultar en la descalificación del participante en cualquier momento. Esta práctica también puede constituir delito, sometiendo al infractor a las penas previstas en la legislación vigente. La suma de los valores de los productos participantes en diferentes comprobantes fiscales no será válida para efectos de participación. El registro de garantía a realizar deberá referirse siempre a los valores de los productos mencionados en el comprobante fiscal, conforme a lo establecido en este reglamento. Bajo ningún concepto se aceptará la participación de una Factura/Recibo emitido manualmente con fecha de emisión fuera del periodo de validez de la campaña. X-ONE® no es responsable por inscripciones tardías, incorrectas, inválidas o inexactas, siendo dichas causas motivo de exclusión del participante de la campaña. La empresa promotora no se hace responsable de ningún registro de garantía para la participación en la campaña. X-ONE® no será responsable por eventos relacionados con la culpa exclusiva de terceros, por ejemplo, pero sin limitarse a: falla en la World Wide Web (internet) y proveedores de conexión, acceso de terceros no autorizados al registro de los participantes, delitos contra la privacidad y las buenas costumbres, difusión de material ofensivo a los participantes, espionaje, fraude, fraude electrónico y virtual (acción de hackers y virus), violación de derechos de autor realizada por los participantes. Dadas las características del entorno de Internet, X-ONE® no será responsable de las inscripciones de participantes ni de las inscripciones en garantía que no se realicen por problemas de conexión en el servidor, en las líneas telefónicas o en los proveedores de acceso de los usuarios, o incluso por falta de suministro eléctrico, sin excluir otras situaciones derivadas de caso fortuito o fuerza mayor. Al ganador se le podrá solicitar la presentación de documentos que acrediten su identidad dentro de las 72 (setenta y dos) horas, contadas desde el contacto efectivo por parte de X-ONE®, bajo pena de descalificación. Si el participante se niega a presentar los documentos solicitados o los presenta en forma distinta a la registrada, será automáticamente descalificado y el premio correspondiente se otorgará al siguiente participante en el cómputo de puntaje previsto en este Reglamento. El procedimiento se repetirá hasta que se encuentre un ganador válido. Queda terminantemente prohibida la reproducción y representación total o parcial de los signos distintivos que forman parte de la campaña, ya que los mismos son propiedad de X-ONE® o se encuentran licenciados a ésta. Cualquier reproducción no autorizada de estos signos distintivos constituye o puede constituir una infracción sujeta a sanciones penales.11 - FORMA DE DIVULGACIÓN DE RESULTADOS: FORMA DE DIVULGACIÓN DE RESULTADOS: El resultado de la premiación se anunciará el día 14/01/2025, a las 20 horas, a través de una transmisión 'Live' en vivo en el perfil oficial de X-ONE® Brasil https://www.instagram.com/xone_brasil. Los ganadores del premio se anunciarán en el sitio web de X-ONE® el 15/01/2025 y estarán disponibles durante 30 días después del anuncio de los resultados, junto con las puntuaciones, seguido del nombre completo y los 3 últimos dígitos del CPF. El ganador será notificado de su estado mediante llamada telefónica y/o correo electrónico, según los datos contenidos en su registro. X-ONE® realizará 3 (tres) intentos para contactar a los ganadores, considerando los datos proporcionados en su registro, vía telefónica y/o correo electrónico (no necesariamente en este orden), con intervalos de 1 (un) día entre un intento y otro. Los ganadores autorizan a X-ONE® a utilizar su nombre, imagen y voz, así como el uso de la foto publicada para participar en esta campaña, de forma gratuita, para publicidad en periódicos, revistas, carteles, pancartas, vallas publicitarias, televisión, radio, telemedios, cine, correo directo, medios exteriores, materiales de punto de venta, Internet, redes sociales, por solo 1 (un) año, contado a partir de la fecha de determinación de la campaña, de manera irrevocable, irreversible y universal, no significando, implicando o resultando en ninguna obligación de divulgación, ni de pago por parte de X-ONE® al ganador. 12 - ENTREGA DE PREMIOS: ENTREGA DE PREMIOS: Para que los ganadores reciban los premios a los que tienen derecho, es imprescindible enviar copia escaneada de su CPF y DNI para confirmar los datos registrados. Los premios se entregarán en un plazo de 30 días desde la fecha del sorteo y sin coste alguno para los ganadores. Si el ganador se niega a presentar los documentos enumerados anteriormente dentro de las 72 (setenta y dos) horas de efectivo contacto por parte de XONE® o, además, los presenta en forma diferente a la de registro, será automáticamente descalificado y el premio correspondiente será entregado a otro participante, previamente elegido por el Comité como sustituto. El premio es personal e intransferible, y X-ONE® no es responsable de cualquier restricción que pueda tener el ganador para utilizarlo. En caso de fallecimiento del ganador, el premio será entregado a su albacea, quien deberá acreditar esta condición. El premio será entregado libre de toda carga y gravamen al ganador. El ganador no podrá canjear su premio por otro, ni distribuirlo ni convertirlo, total o parcialmente, en dinero, de conformidad con el art. 15, § 5°, del Decreto nº 70.951/72.13 - DISPOSICIONES GENERALES: DISPOSICIONES GENERALES: En este campo, se trata de una campaña de premiación a los vendedores y se tornan elegibles aquellos que estén debidamente registrados siguiendo todos los criterios a través del registro de su candidatura y antecedentes de garantía. Se elige por la presente el Tribunal de Distrito de X-ONE® para resolver cualquier cuestión relacionada con las regulaciones de esta Campaña. La participación en la campaña es voluntaria e implicará la aceptación total e irrestricta de todos los puntos del presente reglamento. Si no existe interés en participar, el participante deberá solicitar la exclusión, a través de los medios previstos en este reglamento. No serán válidas las inscripciones que no cumplan las condiciones básicas de campaña establecidas en este reglamento. Los participantes, obligatoriamente con su participación, conforme a lo estipulado en la campaña, consienten expresamente a X-ONE® y a los socios operadores por ella indicados, a tratar datos personales exclusivamente de personas físicas, siempre mayores de 18 (dieciocho) años, en los términos descritos en este Reglamento y en la legislación de privacidad y protección de datos, presentados al momento de su participación en esta Campaña, para que estos sean utilizados por X-ONE® o socios para los fines de desarrollo e implementación de la Acción Promocional, así como para los fines de relación con el participante, sin derecho a obtener reconocimiento, compensación o remuneración de ningún tipo por dicho uso. X-ONE® y sus socios valoran la privacidad y protección de datos de las Personas Físicas que contratan servicios vinculados a esta Campaña – que sean titulares de datos, mayores de 18 (dieciocho) años, y utilizan los datos personales recopilados únicamente para fines relacionados con la Campaña. Al participar en la campaña, el participante consiente expresamente el tratamiento de sus datos personales para las finalidades descritas. X-ONE® y sus socios deberán mantener las bases de datos durante un plazo de 5 (cinco) años después de finalizada la Campaña, con el fin de responder a cualquier consulta y demostrar la imparcialidad del procedimiento de esta Campaña. Transcurrido el plazo antes mencionado, X-ONE® eliminará de su base de datos la información de los participantes de la Campaña, debiendo conservar en su poder evidencia de dicha eliminación. X-ONE® y sus socios están obligados, durante el plazo de 5 (cinco) años, a cumplir, en un plazo adecuado, cualquier derecho del titular ejercido por el participante ante ellos. Se informa al participante que la participación en la campaña implica compartir sus datos como CPF y datos de inscripción con los proveedores de servicios contratados por X-ONE®, para dar a conocer los resultados de la Campaña y eventual entrega del premio. Los participantes autorizan el uso de sus direcciones físicas y electrónicas, números de teléfono y datos proporcionados, con el fin de crear y actualizar el registro y dar publicidad a la propia campaña, dentro de los límites del Código de Protección al Consumidor y la LGPD, sin coste alguno para X-ONE®. El participante, si lo desea, podrá solicitar a X-ONE®, en cualquier momento, la eliminación de sus datos personales y/o revocar su consentimiento respecto al uso de sus datos personales de la base de datos de la campaña, así como ejercer los demás derechos previstos en el art. 18 de la Ley General de Protección de Datos Personales. Sin embargo, si la solicitud se produce durante el periodo de campaña, tenga en cuenta que su participación se verá comprometida, ya que los datos personales son necesarios para garantizar su participación y esto resultará en su descalificación. Los datos e informaciones recogidos serán almacenados en un entorno seguro, observando el estado de la técnica disponible, y sólo podrán ser accedidos por personas cualificadas y previamente autorizadas, en cumplimiento de la legislación vigente. X-ONE® no es responsable por problemas, fallas o funcionamiento técnico, de cualquier tipo, en redes de computadoras, servidores o proveedores, equipos de cómputo, celulares, tablets, hardware o software, ni por error, interrupción, defecto, intervención, intrusión externa y no autorizada, demora o falla en las operaciones o transmisiones para el correcto procesamiento de sus sistemas, incluyendo, pero no limitado a, congestión de Internet, virus, fallas de programación (bugs) o violación por parte de terceros. Las preguntas de los participantes de esta campaña deberán enviarse a través del correo electrónico: desafiodegigantes@x-onebrasil.com.br o por teléfono a través de WhatsApp: +55 11 94441-5208, las cuales serán respondidas dentro de las 72 horas siguientes a su envío. Tanto el presente reglamento como los materiales promocionales serán enviados únicamente a todos aquellos que se registren.14 - TÉRMINO DE RESPONSABILIDAD Podrá participar en la promoción cualquier consumidor que cumpla con los requisitos estipulados en el reglamento de la campaña autorizada; Los premios no se pueden convertir en dinero en efectivo; La verificación electrónica está prohibida; Los premios serán entregados dentro de los 30 días contados a partir de la fecha del sorteo, sin costo alguno para los ganadores. Cuando el premio sorteado, ganado en un concurso o adjudicado a través de un bono regalo, no sea reclamado dentro de los ciento ochenta (180) días, contados, respectivamente, desde la fecha del sorteo, la fecha del sorteo del resultado del concurso o la finalización del período de la promoción, caducará el derecho del respectivo titular y el monto correspondiente será recaudado, por la empresa autorizada, al Tesoro Nacional, como ingreso de la Unión, dentro de los cuarenta y cinco (45) días; En el caso de promociones que impliquen la participación de menores de edad, de resultar seleccionado el ganador, éste deberá estar representado por su tutor legal al momento de la entrega del premio; con excepción de las promociones comerciales realizadas por concesionario o licenciatario de servicio de radiodifusión, en los términos del artículo 1º-A, § 3º, de la Ley 5.768, de 20 de diciembre de 1971; Las imágenes de los ganadores podrán ser divulgadas hasta un año después de que se determine la promoción comercial; Las dudas y controversias derivadas de reclamaciones de los participantes serán resueltas en primera instancia por el promotor. En caso de persistir, deberán ser sometidas a la SPA/MF. Los organismos locales de protección al consumidor recibirán las reclamaciones debidamente fundamentadas; La contabilidad deberá practicarse en el plazo máximo de treinta días a partir de la fecha de prescripción de los premios, bajo pena de incumplimiento del plan de distribución de premios; El reglamento deberá exhibirse en lugar altamente visible y presentarse en un tamaño y tipo de letra que permita a los consumidores que participan en la promoción comercial comprenderlo y visualizarlo; Además de los términos anteriores, la promoción comercial deberá cumplir con las condiciones establecidas en la Ley Nº 5.768 de 1971, en el Decreto Nº 70.951 de 1972, Ordenanza SEAE Nº 7.638 de 2022, Ordenanza MF Nº 67 de 2017, Ordenanza SECAP Nº 20.749 de 2000, y en las leyes que las complementen. Para las modalidades “Sorteo” y “Sorteo Simulado”, la empresa deberá adjuntar en la pestaña “Sorteos” la Lista de Participantes, conteniendo nombres y números afortunados repartidos, una vez finalizado cada período de participación y antes del sorteo de la Lotería. El archivo debe estar en formato .csv, .xls o .zip y cada archivo puede tener hasta 250 MB. El incumplimiento de las cláusulas de los Términos de Responsabilidad y del Reglamento constituye incumplimiento del plan operativo y da lugar a las sanciones previstas en el artículo 13 de la Ley n. 5.768, de 1971. DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS La rendición de cuentas deberá efectuarse en la fecha indicada en el encabezamiento de la promoción en la SCPC, de acuerdo con las reglas establecidas en la Ordenanza SEAE nº 7.638, de 18 de octubre de 2022. El vencimiento del plazo para la rendición de cuentas constituye un retraso para las empresas promotoras. La no presentación de cuentas en el plazo debido dará lugar a la aplicación de una multa del 100% (cien por ciento) sobre la suma de los valores de los bienes prometidos como premios y a la prohibición de realizar operaciones de distribución gratuita de premios a título de publicidad, por el plazo de 2 (dos) años, contados a partir de la fecha límite para la presentación de cuentas, de conformidad con el art. 13 de la Ley nº 5.768, de 20 de diciembre de 1971. La fijación de la multa podrá ser revisada en instancia administrativa, a presentarse de conformidad con el art. 56 de la Ley nº 9.784, de 29 de enero de 1999. Inscríbete en la Campaña: https://campanha.x-onebrasil.com.br/rj31tZer

Indicación de revendedor: https://campanha.x-onebrasil.com.br/hpXyLOr2 Contactos:

WhatsApp: 11 94441-5208

Correo electrónico: desafiodegiantes@x-onebrasil.com.br

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