1 - EMPRESAS PROMOTORAS: 1.1 - Empresa Agente: Razón Social: XGA COMERCIO DE TELEFONES E ELETRONICOS LTDA Dirección: ENEDINA DAVILA FERREIRA Número: 1686 Barrio: CORDEIROS Municipio: ITAJAI Estado: SC Código Postal: 88310-691 CNPJ/MF nº: 34.748.094/0001-012 - TIPO DE PROMOCIÓN: Sorteo 3 - ÁREA DE COBERTURA: Todo el territorio nacional. 4 - PERÍODO DE LA PROMOCIÓN: 01/10/2024 al 16/01/20255 - PERÍODO DE PARTICIPACIÓN: 01/10/2024 al 31/12/20246 - CRITERIOS DE PARTICIPACIÓN: CRITERIOS DE PARTICIPACIÓN: Podrán participar en esta campaña todos los consumidores, personas físicas mayores de 18 años, residentes y domiciliadas en el territorio nacional, que acepten y cumplan los términos del presente reglamento. Podrán participar en este sorteo todos los consumidores que compren, entre el 01/10/2024 y el 31/12/2024, al menos 2 (dos) productos en la misma fecha de la marca X-ONE®, que sean propiedad de la empresa obligada, y los registren en nuestro sitio web https://garantia.x-onebrasil.com.br, entre los siguientes: Películas Frontales: 2D Full Cover 4ta Generación 180º Confidencial Armorvisor Privacy Armorvisor 5ta Generación 5ta Generación con Aplicador Película Sapphire Series para Apple Watch Película para iPad Películas Traseras: Protector Trasero Películas para Cámaras: Camera Armor Camera Armor Pro Fundas Protectoras: DropGuard Case 2.0 DropGuard Case 2.0 MagSafe DropGuard Case 3.0 DropGuard Case 3.0 MagSafe DropGuard Case 3.0 Colores DropGuard Case 3.0 Colores MagSafeDropGuard Case ProDropGuard Case Pro MagSafeDropGuard Case Pro Glitter SeriesDropGuard Case Pro Glitter Series MagSafeDropGuard Case Pro Magnetic HolographicDropGuard Magnetic CaseDropGuard Magnetic Case AirForever ClearCase 2.0iPad Protection Kit:Protection Kit 2.0Protection Kit 3.0Protection Kit ProEnergy:Nano PowerBank 5,000mAhNano PowerBank 10,000mAhPower Charger 30WPower Charger 65WPower Charger 140WUltra Pro Cable Ultra Pro Cable LEDZoom CableDe esta forma, por cada 2 (dos) productos X-ONE® adquiridos, o múltiplos de ellos, el consumidor es elegible para recibir un número de la suerte para competir por el premio (por cada 2 productos X-ONE® = 1 número de la suerte – Ejemplo: 4 productos X-ONE® = 2 números de la suerte y así sucesivamente). Se determina que el pack, conteniendo los NOMBRES DE PRODUCTOS descritos anteriormente, tiene un valor de 1 (un) producto, para efectos de participación en este sorteo. Se determina que a excepción del pack, conteniendo el combo (film y carátula) descrito anteriormente, los mismos tienen un valor de 2 (dos) productos, para efectos de participación en este sorteo. Los números de la suerte se repartirán el día 01/10/2025, hasta las 20 horas del territorio nacional. Se recuerda que sólo los participantes que cumplan las normas establecidas en este reglamento recibirán los números de la suerte. Los ganadores autorizan a X-ONE® a utilizar su nombre, imagen y voz, así como el uso de la foto publicada para participar en esta campaña, de forma gratuita, para publicidad en periódicos, revistas, carteles, pancartas, vallas publicitarias, televisión, radio, telemedios, cine, correo directo, medios exteriores, materiales de punto de venta, Internet, redes sociales, por un período de 1 (un) año, contado a partir de la fecha del cálculo. MECÁNICA DE LA CAMPAÑA: Para participar, el consumidor deberá, en el período comprendido entre las 00:00 horas del 01/10/2024 y las 23:59 horas del 31/12/2024, registrar la garantía de los productos X-ONE en el sitio web https://garantia.x-onebrasil.com.br y validar la participación en el sorteo, informando obligatoriamente sus datos personales: nombre completo, correo electrónico, CPF, dirección completa, teléfono, datos de compra del producto y el revendedor al que le compró el producto. producto. Adjunte fotografías al final para activar la garantía según los productos adquiridos según los términos de garantía. Luego de validado el registro de garantía, el participante recibirá su número de la suerte dentro de 72 (setenta y dos) horas vía correo electrónico y/o Whatsapp. Luego de registrar la garantía, el consumidor recibirá un correo electrónico confirmando su participación activa en el sorteo, consistente en su nombre completo y CPF. Si el consumidor no logra activar la garantía debido a algún tipo de información errónea o faltante, se informará el motivo de la falla y se contactará con el cliente vía correo electrónico o WhatsApp, para que esto se pueda corregir y validar su garantía y participar en este sorteo. El plazo de registro de la garantía es de hasta 3 días hábiles desde la fecha de compra o recepción del producto cuando se adquiera a través de comercio electrónico. Este es el plazo máximo para que el participante registre los productos adquiridos, siempre en la cantidad mínima de 2 (dos) productos por factura, para poder optar al sorteo. Cada consumidor podrá registrar, a su nombre y CPF, un máximo de 10 (diez) participaciones en cada sorteo, durante el período de la promoción; Se aclara también que cada NF podrá ser registrada por un solo CPF. No se aceptarán recibos de impuestos escritos a mano. Se aclara que, por tanto, la factura/recibo correspondiente sólo podrá registrarse una sola vez para participar en la promoción, durante todo el periodo de la misma. Los comprobantes fiscales (facturas o cupones) emitidos a nombre de personas jurídicas no permiten la participación en la Promoción y, de ser utilizados, implicarán la descalificación inmediata y automática del Participante. X-ONE ® podrá, en cualquier momento, verificar las participaciones y compras realizadas por los participantes, a fin de aclarar cualquier duda relacionada con intentos y/o indicios de fraude y requerir aleatoriamente, a su entera discreción, para fines de auditoría interna, la presentación de una copia de todas las facturas/recibos de compra de productos registrados por el participante. Una vez contactado, el participante deberá presentar, dentro de los 5 (cinco) días calendario, copias de los comprobantes/bonos de compra de los productos registrados, según lo requiera el Promotor. Las copias se entregarán en tiempo oportuno, sin generar costo alguno para el participante, bajo pena de aplicación de la norma del punto 7.2.1. del presente reglamento. El simple hecho de presentar la inscripción presupone el pleno conocimiento y conformidad con las disposiciones de este Reglamento y del plazo de garantía por parte del participante. Los datos personales introducidos por los participantes serán utilizados exclusivamente para activar la garantía, realizar, conducir y concluir el presente sorteo. 7 - NÚMERO DE SERIE: 2 8 - NÚMERO DE ELEMENTOS SORTEADOS POR SERIE: 100.000 9 - SORTEO Y DESCRIPCIÓN DE LOS PREMIOS: FECHA: 16/01/2025 19:00 h PERÍODO DE PARTICIPACIÓN EN EL SORTEO: 01/10/2024 00:00 h a 31/12/2024 23:59 h FECHA SORTEO LOTERÍA FEDERAL: 15/01/2025 DIRECCIÓN SORTEO: Rua Gomes de Carvalho NÚMERO: 1356 COMPLEMENTO: Conjunto 21 BARRIO: Vila Olímpia MUNICIPIO: São Paulo ESTADO: SP CÓDIGO POSTAL: 04547-005UBICACIÓN DE LA DETERMINACIÓN: Oficina de la empresa.
PREMIOS
Cantidad | Descripción | Valor R$ | Valor total R$ | Serio inicial | Serie final | Orden |
---|---|---|---|---|---|---|
1 | Un kit de protección iPhone 16 Pro Max 256GB X-ONE (protector de pantalla frontal, protector de pantalla trasera, protector de pantalla de cámara y funda protectora). | 12.000,00 | 12.000,00 | 0 | 1 | 1 |
10 - PREMIO TOTAL:
Monto total de premios | Valor total de la promoción R$ |
---|---|
1 | 12.000,00 |
11 - MODALIDAD DE SORTEO: MODALIDAD DE SORTEO: SERIE ÚNICA: Se emitirá la serie número 1, compuesta por 100.000 números. ELEMENTO DIBUJABLE: Se generarán 100.000 elementos dibujables del 00.000 al 99.999 por serie; NÚMERO DE LA SUERTE: Estará formado por 6 números, correspondiendo el primer número a la serie y los 5 últimos números al ELEMENTO DE LA SUERTE, tal y como se muestra en el siguiente ejemplo: Ejemplo: 1/12.345 = 1(serie); 12.345 (elemento dibujado). Fecha del Sorteo de la Lotería Federal: Si el Sorteo de la Lotería Federal no se lleva a cabo en la fecha programada, por cualquier motivo, se considerará la fecha del Sorteo de la Lotería Federal posterior para efectos de determinar el resultado de esta Campaña. Regla para la determinación del elemento sorteable: La definición del elemento sorteable se basará en los premios del Sorteo de la Lotería Federal, leídos de arriba hacia abajo, combinando las unidades simples del primero al quinto premio; Número de la suerte seleccionado: Serie seleccionada seguida del elemento dibujable seleccionado. Regla para Determinar al Participante Contemplado: (por Determinación) Para determinar al participante contemplado, éste deberá tener el “Número de la Suerte” que coincida exactamente con el “Número de la Suerte Contemplado” y cumplir con los criterios de participación. Un “Número de la Suerte” no puede ser sorteado más de una vez en el mismo sorteo; Aproximación: En caso de que el “Número de la Suerte” sorteado no haya sido distribuido o no cumpla con los criterios de participación, la determinación del primer participante a seleccionar será el “Elemento Sorteable” inmediato superior, dentro de la misma serie, o, en su defecto, el inmediato inferior, repitiéndose este procedimiento hasta encontrar un “Elemento Sorteable” distribuido más cercano al sorteado con base en el resultado de la lotería federal. Si se alcanza el número secuencial inicial o final, solo se buscarán los inmediatamente superiores e inferiores, respectivamente. Si no se ha distribuido ningún elemento del sorteo en la serie sorteada, el importe correspondiente al premio será recaudado por la empresa Promotora para el Tesoro Nacional, como ingreso federal, de acuerdo con la Ley. 12 - CRITERIOS DE DESCALIFICACIÓN: CRITERIOS DE DESCALIFICACIÓN No podrán participar en la Campaña menores de 18 (dieciocho) años, empleados de X-ONE®, así como agencias de publicidad y propaganda directamente involucradas en esta Campaña. No serán válidas las inscripciones que no cumplan con las condiciones básicas del sorteo, previstas en este Reglamento, las inscripciones tardías o las inscripciones de productos que la Promotora considere que no fueron efectivamente adquiridos por el participante, dentro del período de la promoción, en cuyos casos las inscripciones serán automáticamente canceladas. Cualquier participante será automáticamente excluido de la campaña en caso de fraude comprobado, pudiendo ser considerado responsable por el delito de falsificación ideológica o documental. Para efectos de este inciso, se considera fraude la participación de personas no aptas, registros realizados de forma robótica, automática, repetitiva, programada o similar. Proporcionar información falsa o incorrecta al momento de registrarse puede resultar en la descalificación del participante en cualquier momento. Esta práctica también puede constituir delito, sometiendo al infractor a las penas previstas en la legislación vigente. 13 - FORMA DE ANUNCIACIÓN DEL RESULTADO: El resultado del sorteo se anunciará el día 16/01/2025, a las 20 horas, a través de una transmisión 'Live' en vivo en el perfil oficial de X-ONE® Brasil https://www.instagram.com/xone_brasil.
El resultado de la Campaña, con el nombre y número de la suerte del ganador, se publicará en el sitio web de X-ONE® dentro de los 7 días siguientes a la publicación de los resultados y permanecerá vigente durante 30 (treinta) días calendario. El ganador será notificado de acuerdo a los datos de registro proporcionados al registrarse en la campaña, y los participantes son responsables de mantener sus datos de registro actualizados con el promotor. X-ONE® realizará 3 (tres) intentos para contactar a los ganadores, considerando los datos proporcionados en su registro, vía telefónica y/o correo electrónico (no necesariamente en este orden), con intervalos de 1 (un) día entre un intento y otro. Los ganadores autorizan a X-ONE® a utilizar su nombre, imagen y voz, así como la foto publicada para participar en esta campaña, de forma gratuita, para publicación en periódicos, revistas, carteles, pancartas, vallas publicitarias, televisión, radio, telemedios, cine, correo directo, medios exteriores, materiales de punto de venta, Internet, redes sociales, por un período de 1 (un) año, contado a partir de la fecha del recuento. 14 - ENTREGA DE PREMIOS:ENTREGA DE PREMIOSLos premios serán entregados, libres de cualquier gravamen, dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la fecha del sorteo, conforme lo determina el artículo 5 del Decreto nº 70.951/72. Según la legislación vigente, el premio no podrá ser canjeado en efectivo ni sustituido por otro premio, ni podrá ser cedido a terceros distintos del ganador en fecha anterior a su efectiva entrega y abono en el patrimonio del ganador. El participante ganador deberá enviar copia escaneada de su DNI, CPF y comprobante de domicilio, con el fin de acreditar su identidad y localización, y firmar el recibo de entrega del premio que le será enviado por correo electrónico. Estos documentos acreditan la entrega del premio y serán archivados en poder de la empresa promotora durante un plazo de 5 años para su posible inspección. El ganador dispondrá de un plazo máximo de 72 horas, desde el contacto efectivo por parte de la empresa Promotora, para aportar los documentos solicitados. Transcurrido dicho plazo sin presentación de documentos, declaración o en caso de presentarse documentos inválidos, el participante será descalificado, aplicándose la regla establecida en el ítem “Formulario de Verificación”, hasta tanto se encuentre un ganador válido. Para efectos de esta Campaña, se considerará “contacto efectivo” con el Participante, por ejemplo: (i) confirmación de envío del correo electrónico; (ii) confirmación de la lectura de un mensaje a través de una aplicación de mensajería, como WhatsApp; así como (iiii) cualquier otra forma que acredite que se estableció contacto regularmente por el Promotor con el Participante. Es obligación del Participante acceder periódicamente a su carpeta de spam, a fin de revisar los correos electrónicos enviados por el Promotor, así como revisar periódicamente sus llamadas y mensajes. El Promotor no será responsable por la falta de acceso por parte del Participante a su bandeja de entrada de correo electrónico ni por filtros o configuraciones de seguridad que puedan suspender o bloquear la recepción de mensajes y notificaciones enviadas como resultado de esta Campaña. El derecho al premio caducará a los 180 (ciento ochenta) días desde su entrega. De producirse la referida prescripción, el ganador no tendrá derecho a ningún tipo de reclamación y/o demanda, sea cual sea el motivo. Cualquier premio ganado y no reclamado será convertido en Renta Federal en el plazo de 10 (diez) días, de conformidad con el Artículo 6º del Decreto Nº 70951/72. Las obligaciones y responsabilidades, en su caso, de la Empresa Mandataria frente al participante ganador finalizan en el momento de la entrega del premio. Al ganador se le podrá solicitar cualquier información adicional, dentro de los límites legales, para implementar y facilitar la entrega del premio. La documentación personal necesaria para recibir, retirar y disfrutar del premio será responsabilidad exclusiva del participante seleccionado. 15 - DISPOSICIONES GENERALES: DISPOSICIONES GENERALES En este campo, se trata de un sorteo para consumidores, personas físicas, que, si se registran debidamente, se vuelven elegibles siguiendo todos los criterios a través de los registros de garantía. Se elige al Foro del Distrito de X-ONE® para resolver cualquier cuestión relacionada con el reglamento de esta Campaña. La participación en la campaña es voluntaria e implicará la aceptación total e irrestricta de todos los puntos de este reglamento. Si no existe interés en participar, el participante deberá solicitar la exclusión, a través de los medios previstos en este reglamento. No serán válidas las inscripciones que no cumplan las condiciones básicas de campaña establecidas en este reglamento. La compañía debe reenviar la lista de participantes a SPA, adjuntando los nombres y los números de la suerte distribuidos a la pestaña "Dibujos" del sistema SCPC, después del final de cada período de participación y antes del sorteo de la lotería, obligatoriamente con su participación, como estipulado en la campaña, consentimiento expresamente en X-One® y los socios operativos indicados. La legislación de protección de datos y de datos, presentada en el momento de su participación en esta campaña, para que puedan ser utilizadas por X-One® o socios para el fin de desarrollar e implementar la acción promocional, así como para fines de relación con el participante, sin el derecho a obtener el reconocimiento, la compensación o la remuneración de cualquier tipo para el uso de tal uso. , más de 18 (dieciocho) años de edad, según los términos descritos en estas regulaciones y en la legislación de privacidad y protección de datos, proporcionada en el momento de su participación en esta campaña, para que X-One® o socios puedan utilizar para desarrollar e implementar la acción promocional, así como para el valor de la relación con el valor de cualquier tipo. ACY y Protección de datos de personas naturales que contratan los servicios vinculados a esta campaña: que son sujetos de datos, mayores de 18 años (dieciocho) de edad, según los términos descritos en estos reglamentos y en la legislación de protección de la privacidad y la privacidad, presentados en el momento de su participación en esta campaña, para que estos puedan ser utilizados por los propósitos o los propósitos de la participación, así como la participación de los propósitos de la participación, además de los propósitos, sin la participación de la participación, sin el objetivo de los propósitos, sin la participación de la participación, sin el objetivo de los propósitos, sin la participación de la participación de los propósitos de la participación. La unión de cualquier tipo para tal uso. 18 (dieciocho) años de edad, y utiliza los datos personales recopilados únicamente para fines relacionados con la Campaña. Al participar en la campaña, el participante consiente expresamente el tratamiento de sus datos personales para las finalidades descritas. X-ONE® y los socios, en su caso, deberán mantener las bases de datos durante un plazo de 5 (cinco) años posteriores a la finalización de la Campaña, con el fin de responder a cualquier consulta y demostrar la imparcialidad del procedimiento de esta Campaña. Transcurrido el plazo antes mencionado, X-ONE® eliminará de su base de datos la información de los participantes de la Campaña, debiendo conservar en su poder evidencia de dicha eliminación. X-ONE® y los socios, si los hubiere, quedan obligados a todo, por un plazo de 5 (cinco) años, en lo que respecta al cumplimiento de cualquier derecho del titular ejercido por el participante ante ella, dentro de un plazo adecuado. El participante es consciente de que la participación en la campaña implica la compartición de su información, como CPF e información de registro, con proveedores de servicios contratados por X-ONE®, para la difusión de los resultados de la Campaña y la eventual entrega del premio. Los participantes autorizan el uso de sus direcciones físicas y electrónicas, teléfonos y datos proporcionados, con el fin de crear y actualizar el registro y difundir la propia campaña, dentro de los límites del Código de Defensa del Consumidor y la LGPD, sin ningún coste para X-ONE®. El participante, si lo desea, puede solicitar a X-ONE®, en cualquier momento, la eliminación de sus datos personales y/o la revocación de su consentimiento respecto al uso de sus datos personales de la base de datos de la campaña, así como ejercer los demás derechos previstos en el art. 18 de la Ley General de Protección de Datos Personales. Sin embargo, si la solicitud se produce durante el periodo de campaña, tenga en cuenta que su participación se verá comprometida, ya que los datos personales son necesarios para garantizar su participación y esto resultará en su descalificación. Los datos e informaciones recogidos serán almacenados en un entorno seguro, observando el estado de la técnica disponible, y sólo podrán ser accedidos por personas cualificadas y previamente autorizadas, en cumplimiento de la legislación vigente. X-ONE® no es responsable por problemas, fallas o funcionamiento técnico, de cualquier tipo, en redes de computadoras, servidores o proveedores, equipos de cómputo, celulares, tablets, hardware o software, ni por error, interrupción, defecto, intervención, intrusión externa y no autorizada, demora o falla en las operaciones o transmisiones para el correcto procesamiento de sus sistemas, incluyendo, pero no limitado a, congestión de Internet, virus, fallas de programación (bugs) o violación por parte de terceros. Las preguntas de los participantes de esta campaña deberán enviarse a través del correo electrónico: confincapremiada@x-onebrasil.com.br o por teléfono vía WhatsApp: +55 11 91617-0520, las cuales serán respondidas dentro de las 72 horas siguientes a su envío. Tanto estas reglas como los materiales promocionales serán enviados únicamente a todos los que se registren. 16 - DESCARGO DE RESPONSABILIDAD Podrá participar en la promoción cualquier consumidor que cumpla con los requisitos estipulados en las reglas de la campaña autorizada; Los premios no podrán ser convertidos en dinero; Está prohibido el cálculo electrónico; Los premios serán entregados en el plazo de 30 días a partir de la fecha del cálculo/sorteo, sin ningún costo para los ganadores. Cuando el premio sorteado, ganado en concurso u otorgado a través de un vale de regalo, no sea reclamado dentro de ciento ochenta (180) días, contados, respectivamente, a partir de la fecha del sorteo, del cálculo de los resultados del concurso o del fin del período de la promoción, caducará el derecho del respectivo titular y el monto correspondiente será recaudado, por la empresa autorizada, al Tesoro Nacional, como ingreso de la Unión, en el plazo de cuarenta y cinco (45) días; En el caso de promociones con participación de menor de edad, si el ganador, deberá estar representado por su tutor legal en el momento de la entrega del premio; excepto las promociones comerciales realizadas por concesionario o licenciatario de un servicio de radiodifusión, en los términos del artículo 1º-A, § 3º, de la Ley 5.768, de 20 de diciembre de 1971; Las imágenes de los vencedores podrán ser divulgadas hasta un año después de la conclusión de la promoción comercial; Las dudas y controversias derivadas de las reclamaciones de los participantes serán resueltas en primer lugar por el promotor; si persisten, deberán ser sometidas a la SPA/MF. Los órganos locales de protección al consumidor recibirán las reclamaciones debidamente fundamentadas; Las cuentas deberán ser rendidas en el plazo máximo de treinta días después de la fecha de vencimiento de los premios, bajo pena de incumplimiento del plan de distribución de premios; Las reglas deberán ser publicadas en un lugar de amplia visibilidad y presentarse en un tamaño y fuente que permitan la comprensión y visualización por el consumidor participante de la promoción comercial; Además de los términos anteriores, la promoción comercial deberá cumplir las condiciones establecidas en la Ley n.º 5.768, de 1971, en Decreto Nº 70.951 de 1972, Ordenanza SEAE Nº 7.638 de 2022, Ordenanza MF Nº 67 de 2017, Ordenanza SECAP Nº 20.749 de 2000, y en los actos que las complementen. Para las modalidades “Sorteo” y “Sorteo-similar”, la empresa deberá adjuntar la Lista de Participantes en la pestaña “Sorteos”, conteniendo nombres y números de la suerte repartidos, después del término de cada período de participación y antes de la extracción de la Lotería. El archivo debe estar en formato .csv, .xls o .zip y cada archivo puede tener hasta 250 MB. El incumplimiento de las cláusulas de los Términos de Responsabilidad y del Reglamento constituye un incumplimiento del plan operativo y da lugar a las sanciones previstas en el artículo 13 de la Ley n.º 1000/2008. 5.768, de 1971. CONTABILIDAD La contabilidad deberá ser realizada en la fecha indicada en el encabezamiento de la promoción en la SCPC, de acuerdo con las reglas establecidas en la Ordenanza SEAE nº 7.638, de 18 de octubre de 2022. El vencimiento del plazo para la contabilidad constituye un atraso para las empresas promotoras. La no presentación de cuentas en el plazo debido dará lugar a la aplicación de una multa del 100% (cien por ciento) sobre la suma de los valores de los bienes prometidos como premios y a la prohibición de realizar operaciones de distribución gratuita de premios a título de publicidad, por el plazo de 2 (dos) años, contados a partir de la fecha límite para la presentación de cuentas, de conformidad con el art. 13 de la Ley nº 5.768, de 20 de diciembre de 1971. La fijación de la multa podrá ser revisada en instancia administrativa, a presentarse de conformidad con el art. 56 de la Ley Nº 9.784, de 29 de enero de 1999.
X-ONE Brasil ® es una empresa del segmento premium, líder en películas, cubiertas y accesorios de alta resistencia para iPhones, iPads y Apple Watches. Es la única marca en el mundo que ofrece GARANTÍA en pantalla, parte trasera y cámara.